CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Segundo en materia Administrativa, Coactiva
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 138-141 vta., interpuesto por Vidal Chávez Vaca, en representación de la EMPRESA INDUSTRIAS VASCAL S.A., contra el Auto de Vista Nº 214/06 de 6 de octubre de 2006, cursante a fs. 120 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por el representante de la empresa recurrente contra la Gerencia Distrital de La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, la contestación de fs. 145-148, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Segundo en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de La Paz, luego de haber repuesto el expediente, en cumplimiento del auto definitivo emitido por la misma autoridad el 19 de mayo de 2003 (fs. 3 vta.), emitió la Sentencia Nº 31/2004 de 13 de diciembre de 2004 (fs. 95-100), declarando probada la demanda de fs. 27-28 interpuesta por Porfirio René Chura Chávez, en representación de INDUSTRIAS VASCAL S.A. y probada la excepción de prescripción, declarando nula y sin efecto la Resolución Administrativa Nº 51/2002, así como la sanción de defraudación
- PARTES: INDUSTRIAL VASCAL S.A. c/ Servicio de Impuestos Nacionales
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Segundo en materia Administrativa, Coactiva
- En grado de apelación formulada por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavidez, Gerente Distrital La Paz
- Este fallo, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Vidal Chávez Vaca,
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación interpuesto
- 1
- En alzada, el auto de vista, revocó en parte la sentencia apelada, modificándola y declarando
- 2
- Este aspecto hace que la competencia de este tribunal para resolver los fundamentos del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- RELATOR: Ministro Julio Ortiz Linares
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
