CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación interpuesto
CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación interpuesto en el presente caso, corresponde recordar que de acuerdo a lo que establece el art. 15 de la L.O.J., el tribunal de casación, a tiempo de conocer una causa, tiene la facultad de revisar los procesos de oficio y verificar si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que rigen la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes o determinar la nulidad de obrados, conforme la facultad instituida en el art. 252 del Cód. Pdto. Civ
- PARTES: INDUSTRIAL VASCAL S.A. c/ Servicio de Impuestos Nacionales
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Segundo en materia Administrativa, Coactiva
- En grado de apelación formulada por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavidez, Gerente Distrital La Paz
- Este fallo, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Vidal Chávez Vaca,
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver los fundamentos del recurso de casación interpuesto
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- En alzada, el auto de vista, revocó en parte la sentencia apelada, modificándola y declarando
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- Este aspecto hace que la competencia de este tribunal para resolver los fundamentos del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- RELATOR: Ministro Julio Ortiz Linares
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
