Auto Supremo AS/0502/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2008

Fecha: 09-Oct-2008

CONSIDERANDO II: Que así interpuesto el recurso, ingresando a su análisis previa revisión del expediente,


CONSIDERANDO II: Que así interpuesto el recurso, ingresando a su análisis previa revisión del expediente, se establece:

Que se suscribieron entre ambas partes sucesivos contratos a plazo fijo, para ejecutar las mismas tareas, que el actor se desempeñó como Portero - Sereno en tareas propias y permanentes, siendo aplicable el del D.S. Nº 16187 de 16 de febrero de 1979, última parte del art. 2º que dice: "En caso de evidenciarse la infracción de estas prohibiciones por el empleador, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido" y se interpretó correctamente el art. 2º del D.S. Nº 12058, conforme se tiene señalado líneas arriba