CONSIDERANDO II: Que, este recurso que corre a fs
Resolución de la que, como se tiene referido, Gaby Severiche C., por la Asociación de Comerciantes demandada, interpone el recurso de casación, que se pasa a examinar.
CONSIDERANDO II: Que, este recurso que corre a fs. 107-108 de obrados, en principio se limita a acusar la infracción de normas legales que rigen la materia con los consiguientes agravios a la Asociación demandada, para continuar con una relación de los términos en que se dio la relación laboral con el actor, alegando que su función no era la de administrador como plantea en la demanda sino cajero, que se ha demostrado la cancelación de su finiquito, así como la apropiación en que incurrió de $us 500.-, con abandono intempestivo del trabajo de acuerdo con el art. 7 del D.S. de 19 de abril de 1949, hecho denunciado al Ministerio del Trabajo conforme con el art. 16-d) de la Ley General del Trabajo; por lo que no le corresponde, sostiene, la indemnización por tiempo de servicios
- AUTO SUPREMO Nº 508 - Social Sucre,13 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en
- Apelada esta Sentencia a fs
- CONSIDERANDO II: Que, este recurso que corre a fs
- Asimismo se ha demostrado a fs
- El aludido memorial, en examen, carente de una fundamentación legal que condiga con la jerarquía
- Que, de la anterior relación se concluye en definitiva, la inexistencia de una fundamentación legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 13 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
