Auto Supremo AS/0510/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2008

Fecha: 13-Oct-2008

CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en


CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los antecedentes del proceso, de donde se tiene:

Que sobre la inadecuada valoración de las pruebas, no es evidente, porque las literales de cargo de fs. 1-9, 34-39 y 53-57, de descargo de fojas 18-26, 80-87 y 89-102 , fueron valoradas por el Tribunal Ad quem, en sujeción del Art. 158 del Código Procesal del Trabajo, que dispone: "El juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formara libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito...", en el mismo sentido, este alto Tribunal de Justicia, ha establecido, que la apreciación y valoración de la prueba, es facultad privativa de los tribunales de instancia, siendo incensurable en casación