Auto Supremo AS/0536/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0536/2008

Fecha: 23-Oct-2008

Continúa, afirmando que en alzada se ha dado aplicación indebida al art


Continúa, afirmando que en alzada se ha dado aplicación indebida al art. 165 e infringido el art. 159, ambos del Adjetivo Laboral, el primero al rechazar el valor probatorio de los informes afirmando que no esta acreditado que formen parte de los archivos de la empresa prueba que, cuando se la ofreció, no fue observada por la parte actora, como era su obligación de acuerdo con el art. 346 del Procedimiento Civil; y, el segundo, al no existir observaciones del demandante a la prueba ofrecida, ésta constituye medio probatorio idóneo para desestimar las pretensiones del actor y al aplicar el citado art. 169, ello lleva a la violación de los arts. 346 y 159 del Adjetivos Civil y Laboral, respectivamente. Por lo que, sostiene, se deberá casar el Auto recurrido, revocar la Sentencia y declarar improbada la demanda en todas sus partes