CONSIDERANDO: Que el art
Con estos fundamentos la defensora de oficio Maura Elena Flores Pérez abogada del procesado Eugenio Bautista Loza, solicita se Case el auto recurrido y deliberando en el fondo se le imponga una pena mas benigna en aplicación del art. 39 del Código Penal.
CONSIDERANDO: Que el art. 296 del Código de Procedimiento Penal de 1972, establece dos motivos por los cuales procede el recurso de casación, que al mismo tiempo circunscriben los límites de la competencia del alto tribunal en el conocimiento y resolución de estas impugnaciones. En efecto, la aludida norma establece que el recurso de nulidad o casación procederá en los casos de: 1) inobservancia o quebrantamiento de las formas procesales prescritas bajo pena de nulidad, para la tramitación de la causa o para la expedición del fallo (error in procedendo); y, 2) en los casos de violación de la ley sustantiva en la decisión de la causa (error in judicando)
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la defensora de oficio Maura Elena Flores Pérez
- CONSIDERANDO: Que, deducida la apelación por el defensor de oficio del procesado, la Sala Penal
- CONSIDERANDO: Que el art
- Por su parte, el art
- Regístrese y hágase saber
- RELATOR MINISTRO: Dr. Ángel Irusta Pérez
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
