Que deducida la apelación por el procesado nombrado, la Sala Penal Segunda de la Corte
Que deducida la apelación por el procesado nombrado, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 211 de 20 de noviembre de 2003 de fs. 416 a 417, confirma la sentencia apelada; circunstancia que motivó al procesado, interponer el recurso de casación y nulidad que se analiza
- CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Nº 2 en lo
- Que deducida la apelación por el procesado nombrado, la Sala Penal Segunda de la Corte
- CONSIDERANDO: Que, el procesado Jerónimo Ortiz León en su recurso de casación y nulidad de
- 2
- 3
- Con estos argumentos y conforme al art
- CONSIDERANDO: Que, luego de la revisión de obrados y el análisis del recurso de casación
- Por consiguiente, es de aplicación el num
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR MINISTRO: Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Libro Tomas de Razón 1/2008
