Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0459/2008
Fecha: 18-Dic-2008
Min. Julio Ortiz Linares
Min. Julio Ortiz Linares
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PARTES: Enriqueta Amalia Valdez Cuellar c/ Asociación de Jubilados Ferroviarios
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MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
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CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda señalada, el 15 de septiembre de 2007, la Jueza
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Deducida la apelación por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
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Esta decisión motivó la interposición del recurso de nulidad de fs
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CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo
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En ese orden, la jurisprudencia sentada por este tribunal ha establecido de manera reiterada, que
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Por las circunstancias anotadas, la forma de resolución para cada uno de los recursos también
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CONSIDERANDO III: Que en el caso de autos, es evidente que el recurrente no tuvo
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Por otro lado, el recurrente anunció la interposición del recurso de nulidad en el marco
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Finalmente, como corolario de la inadecuada forma de interposición del recurso, el recurrente solicitó la
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En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del recurso
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
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Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 500
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Relator: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
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Min. Julio Ortiz Linares
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Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
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