Auto Supremo AS/0461/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0461/2008

Fecha: 18-Dic-2008

Manifestó que el art


Manifestó que el art. 171 del Código Procesal del Trabajo, determina que en los juicios sociales también rige lo previsto por el art. 446 del Código de Procedimiento Civil, remisión que debe tenerse en cuenta pues, éstos han sido violados por los de grado; asimismo, acotó que los de instancia para justificar la tacha relativa hicieron uso del contenido del art. 67 del Código Procesal del Trabajo en forma errónea, toda vez que este artículo indica que es de aplicación exclusiva a la relación de demandante y demandado, con exclusión total de peritos, testigos y otros, transcribió dicho artículo y concluyó señalando que la redacción de éste no atañe a las personas que fungen como auxiliares de la justicia sino única y exclusivamente a las partes del proceso