Que en ese marco legal, se concluye que los de grado aplicaron correctamente las normas,
Que en ese marco legal, se concluye que los de grado aplicaron correctamente las normas, no existiendo vulneración o trasgresión alguna, por lo que corresponde dar aplicación a lo previsto en el Art. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, en expresa aplicación de lo previsto en el Art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- PARTES: Florentina Carrizo Hinojosa c/ Ricardo Luis Wagner Denz
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez 3º de Partido del Trabajo y
- Contra dicho auto de vista la parte demandada interpone recurso de nulidad o casación, cursante
- También señaló el apoderado del recurrente, que el tribunal de apelación no tomó en cuenta
- Manifestó que el art
- Indicó también que el tribunal de alzada al confirmar la sentencia violó el art
- Finalmente, pide se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, declare
- CONSIDERANDO II: Que del estudio y análisis del recurso de casación interpuesto en relación a
- El demandado ha negado la demanda y dentro de la tramitación ha realizado la tacha
- De lo expuesto, se colige también que no son evidentes las denuncias de violación al
- Tampoco es evidente que los de instancia hubiesen basado sus resoluciones con la prueba de
- En lo referente al art
- Finalmente, el heredero de la de cujus Irma Josefa Wagner Tejerina, al aceptar la herencia
- Que en ese marco legal, se concluye que los de grado aplicaron correctamente las normas,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se establece la suma de Bs
- RELATOR: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
