Concluye solicitando en forma incongruente, que la Excma
Que, contra el referido auto de vista, Roberto Fernández Saucedo, Alcalde Municipal de la ciudad de Santa Cruz, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 80, expresando que el Tribunal de alzada realizó una errada aplicación e interpretación de los arts. 16 inc. g) de la L.G.T. y 9 inc. g) del D.R. de 23 de agosto de 1943, por cuanto, al igual que el Juez de instancia no consideró las normas de aplicación gubernamental como la Ley Nº 1178 y el D.S. Nº 25964, ya que el demandante al ser servidor público tenía la obligación de realizar el descargo de los bienes entregados bajo su responsabilidad, consiguientemente al no haberlo hecho, incurrió en las referidas inconductas.
Concluye solicitando en forma incongruente, que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación case el auto de vista o en su defecto anule obrados hasta el vicio más antiguo
- AUTO SUPREMO Nº 059 - Social Sucre, 21 de febrero de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por el representante de la entidad Edil demandada, la Sala Social y
- Concluye solicitando en forma incongruente, que la Excma
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso
- Que, por mandato del art
- Que, los derechos sociales únicamente pueden ser privados a los trabajadores cuando éstos incurren en
- Por lo relacionado, el Tribunal ad quem al confirmar el fallo de primera instancia, otorgando
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
