CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo
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VISTOS: El recurso de nulidad (casación en el fondo) de fs. 73-74, interpuesto por Carlos Alberto Burgos Gutiérrez, apoderado de Gonzalo Terceros Rojas, Honorable Alcalde Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba contra el Auto de Vista Nº 108/2007 de 19 de abril de 2007 (fs. 66-67), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social seguido por Maruja Revollo Chávez, contra el Municipio recurrente, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, dictó la sentencia de 1º de septiembre de 2004 (fs. 47-48), declarando probada la demanda de fs. 11 y vta. y su aclaración de fs. 18, ordenando al Municipio demandado para que a través de su representante legal pague a la demandante la suma de Bs. 49.632 por concepto de indemnización por muerte en accidente de trabajo, más los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por Auto de Vista Nº 108/2007
- Contra el mencionado auto de vista de 19 de abril de 2007, el apoderado del
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
