2) Asimismo, manifiesta que revisados los documentos, existe contradicción en el año de nacimiento, como
2) Asimismo, manifiesta que revisados los documentos, existe contradicción en el año de nacimiento, como en el certificado de nacimiento, porque en el segundo figura nacida en 1948 y, en el Sistema de Compensación, figura nacida en 1951; con estos antecedentes la Comisión de Reclamación dicta la Resolución Nº 378.06 de 31 de marzo de 2006, confirmando la Resolución Nº 017270 de 15 de noviembre de 2005; con respecto al inicio de Renta, deberá considerarse lo previsto por los Arts. 471 y 539 del R.C.S.S. y Resolución Ministerial Nº 266 más el reglamento, se le otorga Renta de Vejez con reducción de edad, con inicio el mismo junio de 2005
- PARTES: Teresa Virginia Fernández Vargas c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación interpuesta por la demandante (Fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación y nulidad, interpuesto por la entidad demandada (Fs
- 2) Asimismo, manifiesta que revisados los documentos, existe contradicción en el año de nacimiento, como
- CONSIDERANDO II: Que, si bien fue planteado el recurso como casación, analizando el mismo se
- Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es una nueva
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
