Auto Supremo AS/0226/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2008

Fecha: 05-May-2008

Sin costas, en aplicación del art


Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su consideración porque impide a este Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el art. 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., y arts. 271-1) y 272-2) del Cód. Pdto. Civ., aplicable por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 58, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 51.

Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990