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    Auto Supremo AS/0209/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0209/2008

    Fecha: 07-Jun-2008

    De lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso, ya


    De lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso, ya que no se ha ingresado en las causales de casación previstas por el art. 298 del Código de Procedimiento Penal, en consecuencia el recurso interpuesto deviene en infundado
    • CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Tercero de Partido en lo Penal de Sustancias Controladas Liquidador de
    • Deducida la apelación de fs
    • CONSIDERANDO: Que, el Defensor de oficio de Rubén Velásquez Arauz en su recurso de casación
    • Con estos argumentos, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido y se
    • Que, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente se llega a evidenciar que los jueces de
    • De lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso, ya
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
    • RELATOR: MINISTRO Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Libro Tomas de Razón 1/2008

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