Finalmente, no es evidente lo afirmado por el impetrante cuando indica que el A
Finalmente, no es evidente lo afirmado por el impetrante cuando indica que el A.S. 223 cuya complementación se pretende, no diría nada al respecto del fundamento del solicitante, por cuanto este argumento ha sido desarrollado en el A.S. a fs. 1727 y 1728, Considerando II, Parágrafos II-b) y II-e)
- PARTES: SETAR S.A. c/ Peñarrieta Aparicio José Bernardo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- Con estos argumentos, impetra explicación y complementación del porqué no se ha referido sobre la
- En el auto supremo, se consideró que la entidad coactivante SETAR S
- Finalmente, no es evidente lo afirmado por el impetrante cuando indica que el A
- A mayor abundamiento se hace constar que el solicitante no observo la personalidad de SETAR
- Que, consecuentemente, el A
- POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Al otrosí.- Franquéese
- Al otrosí 1.- Téngase presente
- Al otrosí.- Por señalado
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
