CONSIDERANDO: que el mencionado recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
CONSIDERANDO: que el mencionado recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1.- Sustanciada la causa ante el Tribunal de Sentencia de Villa Tunari, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba, dicho Tribunal emitió resolución el 20 de octubre de 2005 (fojas 345 a 348) condenando al recurrente a la pena de trece años de presidio por comisión del delito tipificado en el artículo 48 de la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas. 2.- Ante recurso de apelación restringida interpuesta al respecto por éste, el Tribunal de Alzada confirmó la sentencia impugnada, lo cual dio origen al recurso que es caso de autos
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Alfredo Nina Llanos el 8 de mayo de
- CONSIDERANDO: que el mencionado recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que sosteniendo que el Auto Vista impugnado entró en contradicción con lo expuesto en un
- Que para los fines de resolución del recurso interpuesto, cabe señalar que debido a las
- Que no se ha demostrado que el Auto de Vista impugnado contiene decisiones opuestas a
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
