Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas por el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, destacando que si se pretende una nueva valoración y apreciación de la prueba él o los recurrentes tienen la obligación de acreditar la existencia de error de hecho o de derecho, toda vez que la valoración de la prueba es una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación. En tanto que si se plantea en la forma, debe adecuarse la acción extraordinaria a las causales de procedencia establecidas por el artículo 254 del adjetivo civil citado
- PARTES: Alcaldía Municipal de La Paz c/ Aramayo Bernal Francisco
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal de referencia, el Juez Cuarto Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación a instancia del coactivado Francisco Aramayo Bernal (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Con estos argumentos, solicitó se declare procedente el recurso anulando obrados y se sobresea su
- CONSIDERANDO II: Que la abundante jurisprudencia sentada por este tribunal estableció que el recurso de
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se
- CONSIDERANDO III: En la especie, el recurrente se limitó a anunciar la interposición del recurso
- A lo expuesto, debemos añadir que el recurrente tampoco cumplió con la carga procesal impuesta
- Así las cosas, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
