CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. (88-89), interpuesto por Luís Alberto Orellano Valenzuela, Director General Ejecutivo Interino del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, contra el Auto de Vista No. 233/06 SSA-I de 21 de septiembre de 2006 (fs. 85), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Recurso de Reclamación de renta de vejez, seguido por Gustavo Inofuentes Soliz contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 96, el dictamen fiscal de fs. 101-102, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs. 44, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, emitió la Resolución No. 536.05 de 24 de noviembre de 2005 (fs. 55-56), confirmando la Resolución Nº 002076 de 31 de enero de 2005 emitida por la Comisión Calificadora de Rentas de fs. 39-40, que desestima la solicitud de renta única de vejez interpuesta por Gustavo Inofuentes Soliz, así como el pago global único
- MINISTRO RELATOR: Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- Resolviendo la apelación, interpuesto por el actor a fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- 2) En la especie, el Servicio Nacional del Sistema de (SENASIR) no tuvo en cuenta
- 3) Ante tal situación, al haber revocado el tribunal de apelación, por Auto de Vista
- CONSIDERANDO III: Que, por lo expuesto, revisado el recurso de casación en el fondo, se
- Sobre el particular y de la revisión de obrados, se colige que lo denunciado en
- Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para la resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
