CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:
1) De obrados, se desprende que si bien el recurso fue planteado como casación en el fondo, revisando el mismo se advierte que no cumple a cabalidad con la adecuada técnica jurídica para su interposición, conforme dispone el art. 258 del Cód. Pdto. Civ., por cuanto la recurrente, acusó la vulneración de algunos preceptos normativos, empero sin especificar en forma clara, concreta y precisa, en qué consiste dicha infracción o, en su caso, de qué manera hubieran incurrido los juzgadores de instancia, respecto a la aplicación indebida o errónea interpretación de la ley, como errónea apreciación de las pruebas; sin embargo, se ingresa a considerar el fondo del recurso para resolver el caso
- MINISTRO RELATOR: Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 2do Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En efecto, el tribunal de apelación, luego de realizar una valoración a los antecedentes
- En cuanto a la sanción establecida por los de instancia, respecto a la conducta del
- Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para la resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
