Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 74-78, planteado por Zuleyka Solíz Rodas, Gerente Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, quien en apoyo de los arts. 250 y 253 incs. 1) y 3), 257 del Cód. Pdto. Civ., luego de realizar un relato histórico de lo obrado, alega en síntesis que el tribunal de alzada vulneró el art. 137-2) y 138-5) de la Ley 1340, al sostener que la fiscalización debería realizarse sobre una base cierta, en lugar de una base presunta como se determinó en la R.D. No. 00011 de 18 de junio de 1998; también acusa violación de los arts. 12 y 47 de la Ley 843, expresando que se otorgó validez a un erróneo informe técnico, al disminuir los adeudos tributarios del IVA e IUE; que existe vulneración al art. 236 del Cód. Pdto. Civil, por no haberse pronunciado sobre aspectos apelados por la administración tributaria, además el modificar la multa a favor del Julio Eyzaguirre de defraudación por evasión, atentaría las garantías al debido proceso; luego, que incurrió en error en la apreciación de las pruebas, porque no se habría considerado la documentación cursante en obrados; finalmente denuncia violación del art. 28 inc. b) de la Ley Safco; con estos argumentos solicita se case en parte el auto de vista recurrido, y se declare firme y subsistente la R.D. No. 0011/98
- MINISTRO RELATOR: Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 2do Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En efecto, el tribunal de apelación, luego de realizar una valoración a los antecedentes
- En cuanto a la sanción establecida por los de instancia, respecto a la conducta del
- Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para la resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
