CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez en materia Administrativa,
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 303-305 vta., interpuesto por Mery Delia Roca Temo contra el Auto de Vista de 5 de mayo (fs. 284-285), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la Contraloría General de la República contra Rodolfo Rodríguez Suárez y la recurrente, el dictamen fiscal de fs. 324-325, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, pronunció la Sentencia No. 16/2005 de 19 de julio de 2005 (fs. 204 a 206) declarando probada la demanda interpuesta por la Contraloría General de la República por lo tanto, manteniendo la Nota de Cargo No. 196/03 girada el 28 de octubre de 2003 en forma solidaria contra Rodolfo Rodríguez Suárez y Mery Delia Roca Temo por la suma de Bs. 50.105, equivalentes a $us. 8.058
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez en materia Administrativa,
- Deducida la apelación por la coactivada Mery Delia Roca Temo, la Sala Social y Administrativa
- CONSIDERANDO II: Que, la jurisprudencia sentada por este Tribunal ha establecido de manera reiterada que
- Por las circunstancias anotadas, la forma de resolución para cada uno de los recursos también
- CONSIDERANDO III: En el caso de autos, es evidente que la recurrente no tuvo en
- En efecto, en el sub lite, el recurso planteado constituye un alegato de la causa
- Tampoco señaló con precisión si planteó recurso de casación en el fondo o recurso de
- En cuanto a la valoración de la prueba, no señaló si los de instancia incurrieron
- Finalmente, como corolario de la inadecuada forma de interposición del recurso, de manera errónea en
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
