Auto Supremo AS/0294/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2008

Fecha: 26-Ago-2008

CONSIDERANDO III: En el caso de autos, es evidente que la recurrente no tuvo en


CONSIDERANDO III: En el caso de autos, es evidente que la recurrente no tuvo en consideración las condiciones mínimas que debe cumplir en la interposición del recurso de casación, así, no consideró que esta acción extraordinaria no constituye una controversia entre las partes sino, una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores, consiguientemente, tenía la obligación de enmarcar sus denuncias de casación, dentro de los presupuestos consignados en el art. 253, 254 y numeral 2) del art. 258, del adjetivo civil varias veces citado