Olvida el recurrente que la casación en el fondo, se sustenta en los "errores in
Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente alega que interpone recurso de casación en el fondo; empero, hace una relación desordenada de aspectos que no constaban en el expediente; cita un memorial, como documento de la prueba del presunto error incurrido por el tribunal de alzada; no alega ni aclara si recurre de casación en el fondo o en la forma; no identifica normas presuntamente violadas, aplicadas indebidamente o interpretadas erróneamente; tampoco identifica un error de hecho o de derecho en el expediente, sólo presenta un relato intrascendente, falto de contenido jurídico y totalmente ausente de la técnica procesal exigida por el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.
Olvida el recurrente que la casación en el fondo, se sustenta en los "errores in judicando" previstos en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., los que no fueron debidamente fundamentados en el recurso; y la casación en la forma o nulidad propiamente dicha, se sustenta en los "errores in procedendo", instituidos en el art. 254 del mencionado Cód. Adjetivo, que no se justificaron en el recurso que se analiza, más aún si el recurrente, no realiza un petitorio claro y puntual, para casar o anular la resolución recurrida
- PARTES: SENAPE c/ Benito Quintanilla Cárdenas y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que iniciado el proceso coactivo social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación, formulada por representante del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación, interpuesto por el coactivado Benito Quintanilla
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación se
- Olvida el recurrente que la casación en el fondo, se sustenta en los "errores in
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
