Auto Supremo AS/0305/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2008

Fecha: 29-Ago-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable su consideración, porque impide a este tribunal supremo abrir su competencia, correspondiendo aplicar los arts. 271 inc. 1) y 272 inc. 2) del Pdto. Civ., por mandato del art. 633 del R. C.S.S.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara IMPROCEDENTE el recurso de nulidad o casación de fs. 55 y vta