Auto Supremo AS/0337/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2008

Fecha: 13-Ago-2008

En autos, los recurrentes prescinden de los mencionados requisitos, pues alegan la "violación, la aplicación


En autos, los recurrentes prescinden de los mencionados requisitos, pues alegan la "violación, la aplicación falsa o errónea" de normas constitucionales, referidas al contenido garantista de dicha norma suprema respecto de la protección de entidades sin fines de lucro, en un afán de ostentar una falsa e inapropiada fundamentación legal. Luego citan una R.A., un D.S. y disposiciones de la L.G.T. y su D.R., fundamentando que se incurrió en error al considerar la prueba testifical cursante en obrados, sin especificar tanto los folios en las que se encuentra, para permitir abrir la competencia de este Tribunal y reconsiderar esa prueba como la forma en que el tribunal de alzada hubiese incurrido en las infracciones acusadas