Auto Supremo AS/0300/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2008

Fecha: 09-Sep-2008

CONSIDERANDO: Que, el presente proceso fue radicado en la Sala Penal Primera de la Corte

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 300 Sucre, 9 de septiembre de 2008

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ministerio Público c/ Germán Ledezma Ledezma y Modesto Ledezma Novillo.

Tráfico de Sustancias Controladas (Dispone no haber lugar a la extinción de la acción penal)

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Sucre, 9 de septiembre de 2008

VISTOS: El requerimiento Fiscal de fojas 215 a 218, pronunciado de oficio respecto a la extinción de la acción penal, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Germán Ledezma Ledezma y Modesto Ledezma Novillo, por el delito de tráfico de sustancias controladas, tipificado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas de 19 de julio de 1988, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, el presente proceso fue radicado en la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia a consecuencia de los recursos de casación interpuestos por el procesado Germán Ledezma Ledezma (fojas 200 a 204); y, por Mario Cadima Cano, Fiscal de Sustancias Controladas (fojas 206 a 207), contra el Auto de Vista de 16 de junio de 2003, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, cursante de fojas 196 a 198 y vuelta