Auto Supremo AS/0300/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2008

Fecha: 09-Sep-2008

Que, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República a fojas 215 a


Que, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República a fojas 215 a 218, de oficio requirió no haber lugar a la extinción de la acción penal en beneficio de los imputados Germán Ledezma Ledezma y Modesto Ledezma Novillo, debiendo continuar el proceso hasta su conclusión. Arguye que los procesados han faltado a diferentes audiencias del debate, fugándose y permaneciendo ocultos con el propósito de eludir y dejar impune el delito acusado, originando la demora de la presente causa penal, provocando que no sea concluida en el plazo establecido por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970, siendo responsables de la dilación. Entre otras cosas, respalda su requerimiento en el "Capítulo V-2) de la Convención Panamericana de Derechos Humanos" que expresa: "Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática"