CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
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VISTOS: Los recursos de casación, ambos, en el fondo y en la forma de fs. 249-252 vta., y fs. 256-261 vta., interpuestos por Willy Arriaza Monje, el primero y Liliana Chavarría de Rada, en representación de Ivar de los Ríos Piotty, el segundo, contra el Auto de Vista Nº 289/06-SSA-I de 2 de diciembre de 2006 (fs. 244-245), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Comando General de la Policía Nacional, representada por el Gral. Roberto Pérez Tellería, contra Héctor del Callejo Bustillos, Martha Carrasco Alba, Alejandro López Videla, Armando Campero Durán, Willy Arriaza Monje e Ivar de los Ríos Piotty, el dictamen fiscal de fs. 271-274, la formulación de la respuesta de fs. 265-267 vta., los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría Nº IER-051/97, IER-C-098/97 e IER-C-108/97 preliminares y ES/AP14/S7-C1 complementario, aprobado por el Contralor General de la República, se ha emitido el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-061/99 de 25 de agosto de 1999, y la Jueza 2º de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 26/2002 de 15 de agosto de 2002 (fs. 152-160), declarando: "...improbada la demanda coactivo fiscal de fs. 15-16 interpuesta por el Comandante General de la Policía Nacional, Roberto Pérez Telleria y se dispone 1.- La exclusión del coactivado Armando Campero Durán por no ser parte en el presente trámite. 2.- Declárese nulos y sin valor legal los Informes de Auditoría Nº IER-051/97, Complementario E5/AP14/S7-C1 y el Dictamen de Responsabilidad Civil CGR-1/D-061/99 aprobados por el Contralor General de la República y la Nota de Cargo Nº 53/00 de 14 de agosto de 2001 por la suma de Bs. 266.505.- (Doscientos sesenta y sel mil quinientos cinco 00/100 Bolivianos) equivalente a $us. 55.575.- (Cincuenta y cinco mil quinientos setenta y cinco 00/100 Dólares Americanos) girada contra Héctor del Callejo Bustillos, Martha Carrasco Alba, Alejandro López Videla, Armando Campero Durán, Willy Arriaza Monje e Ivar de los Rios Piotty".(sic)
- PARTES: Policía Nacional c/ Héctor Del Castillo Bustillos
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- La referida determinación, motivó los recursos de casación ambos en el fondo y en la
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- Ninguna de estas disposiciones orgánicas, ni las instituidas en el Código Procedimiento Civil, confieren a
- En cumplimiento de los arts
- El Tribunal Supremo, debe actuar de oficio dentro de la permisión contenida por el art
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- Estos antecedentes, evidencian que el sorteo se realizó únicamente con el Vocal Hugo R
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para la resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
