Auto Supremo AS/0338/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2008

Fecha: 23-Sep-2008

CONSIDERANDO II: Antes de analizar el recurso formulado, se debe recordar que en ejercicio de


CONSIDERANDO II: Antes de analizar el recurso formulado, se debe recordar que en ejercicio de la facultad conferida por el art. 15 de la L.O.J., corresponde a este tribunal supremo revisar de oficio, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que rigen la correcta tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes o determinar de oficio, la nulidad de obrados, en aplicación del art. 252 del Cód. Pdto. Civ