Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido, declarando improbada la demanda en todas
Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido, declarando improbada la demanda en todas sus partes y sea con costas y las responsabilidades del caso a los infractores
- AUTO SUPREMO Nº 390 - Social Sucre, 06 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, el representante regional de la entidad demandada, interpone recurso
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido, declarando improbada la demanda en todas
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso, se
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- Consiguientemente, al no ser evidentes las infracciones que se acusan en el recurso, corresponde su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 06 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
