Auto Supremo AS/0390/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2008

Fecha: 06-Sep-2008

Que, contra el auto de vista, el representante regional de la entidad demandada, interpone recurso


En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 403/2004 de 27 de septiembre de 2004 de fs. 142-143, se confirma parcialmente la sentencia apelada, sin costas; con la modificación que la entidad demandada, cancele a favor del demandante la suma de Bs. 4.746.- por concepto de aguinaldo doble y 30 días de vacación por dos gestiones

Que, contra el auto de vista, el representante regional de la entidad demandada, interpone recurso de casación en el fondo de fs. 147-148, alegando que el Tribunal de Alzada no cumplió a cabalidad lo dispuesto en el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., violando principios rectores de la legislación laboral y normas de preferente aplicación, por cuanto dispuso el pago indebido de los conceptos de vacación y aguinaldo, en total contradicción y violación del art. 59 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público y Resolución Ministerial Nº 746.03 de 4 de diciembre de 2003, que excluyen la prestación de servicios eventuales, por no estar insertos estos dentro del contrato de prestación de servicios; consiguientemente se han transgredido también los arts. 3-h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab