No se regula honorario de abogado, por no haber sido respondido el recurso
No se regula honorario de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- AUTO SUPREMO Nº 408 - Social Sucre, 09 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO II: Que conocido el tenor del recurso en examen, se advierte que el mismo
- La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos
- Consiguientemente, atendiendo las deficiencias del recurso, corresponde dar aplicación de la previsión contenida en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
