Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
Sucre, 18 de septiembre de 2008
Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
- AUTO SUPREMO Nº 435 - Social Sucre, 18 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y de Seguridad Social
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa
- CONSIDERANDO II: Que del examen y conocimiento del recurso, se establece que las infracciones acusadas
- Sobre el particular se debe recordar que conforme al art
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso dando aplicación a los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
