Ahora bien, es contra esta última resolución pronunciada por el Tribunal ad quem, que la
Ahora bien, es contra esta última resolución pronunciada por el Tribunal ad quem, que la parte demandante con total desconocimiento de nuestra economía procesal decide plantear "reposición con alternativa de casación" (fs. 106), que es rechazado debidamente por auto de vista Nº 253/2008 de 19 de septiembre de 2008, cursante a fs. 107; ya que correspondía se interponga recurso de casación puesto que se trataba de una resolución definitiva que coartaba todo procedimiento ulterior
- AUTO SUPREMO Nº 475 - Compulsa Sucre, 30 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: El auto impugnado, rechaza el recurso de reposición con alternativa de casación al
- Que, revisado minuciosamente el expediente remitido, se advierte que el Tribunal de alzada mediante auto
- Ahora bien, es contra esta última resolución pronunciada por el Tribunal ad quem, que la
- CONSIDERANDO II: Que, de acuerdo a la clara y explícita norma prevista por el inc
- Consiguientemente, la negativa del inferior se ajusta plenamente a lo establecido tanto en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- En cumplimiento de lo establecido en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 30 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
