Auto Supremo AS/0005/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2009

Fecha: 05-Ene-2009

Que, el inmueble cuya reivindicación pretende no ha sido objeto de división y partición, teniendo


Que, el inmueble cuya reivindicación pretende no ha sido objeto de división y partición, teniendo en cuenta que el mismo resulta de propiedad de los esposos Máxima Limachi de Delgado y Santiago Delgado Paredes, éste último resulta vendedor del 50% que le corresponde del inmueble citado en calidad de ganancial. En consecuencia si los actores resultan propietarios del 50% del inmueble cuya reivindicación pretenden, es claro, que antes de iniciar la acción que nos ocupa, estaban en la obligación de peticionar la división y partición del inmueble, a fin de establecer con exactitud la porción del inmueble que le fue transferida, sin que sea una resolución administrativa emergente del municipio que establezca la parte que le corresponde, como es la Resolución Técnica Nº 048/00 de fs. 170, tal como lo señala el tribunal ad quem. En consecuencia al no estar claramente identificada la parte que le corresponde a los actores, el juez a quo estaba en la obligación de observar la demanda por defectuosa, conforme lo dispone el art. 333 del Código de Procedimiento Civil