Respecto de las otras normas citadas en el recurso, (arts
Respecto de las otras normas citadas en el recurso, (arts. 3, 66, 150, 169 y 159 del Cód. Proc. Trab. y 472 del Cód. Pdto. Civ.), éstas se refieren a circunstancias referidas a la valoración de la prueba, es decir sobre el fondo del proceso, las que no pueden sustentar el recurso de casación en la forma como erradamente se alega, más aún si sobre este particular, cursa el análisis correspondiente, realizado a momento de resolver el recurso de casación en el fondo
- PARTES: Jorge Córdova Nogales c/ Empresa BOLIVIAN BLOCH ADVENTURE´S LTDA
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la indicada sentencia, por el demandado Luis Armando Bloch Ustariz (fs
- Contra esta determinación, el mencionado demandado, formuló recurso de casación en el fondo y en
- 2
- Fundamentó también que se violaron los arts
- Concluyó solicitando se case el auto de vista o se anulen obrados hasta el vicio
- CONSIDERANDO II: Que analizados los fundamentos del recurso, que no cumple a cabalidad con la
- Sin embargo de lo referido, se advierte que la referida resolución adecuadamente reconoció que es
- Por lo referido, se concluye que no son evidentes las violaciones de los arts
- Es evidente que la juez a quo no clausuró el término de prueba a su
- Posteriormente una vez clausurado el término probatorio, el juez de la causa emitió la sentencia
- Respecto de las otras normas citadas en el recurso, (arts
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Para resolución, previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Beatriz Sandoval Bascopé
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
