Auto Supremo AS/0524/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0524/2009

Fecha: 20-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, desde el Auto de Inicial de la Instrucción 15 de diciembre de 2000


CONSIDERANDO: Que, desde el Auto de Inicial de la Instrucción 15 de diciembre de 2000 hasta la fecha, han trascurrido mas de 8 años sin llegar a concluir el procedimiento penal, sin embargo ese retraso procesal, no solo puede ser atribuido a la encausada, que efectivamente se dio a la fuga, manteniéndose oculta por seis meses, que una vez detenida, procura también su libertad condicional, apela y recurre en casación, sin embargo de ello y por los propios antecedentes del proceso se tiene evidencia de la demora en la tramitación de la causa y que la misma se debió y es reprochable tanto al órgano judicial como administrativo, ya sea por la excesiva recarga procesal con la que se encuentra saturado el primero, coadyuvado por el retrazo del Ministerio Público, haciendo efectiva de esta manera la prolongación de la tramitación de la acción penal, por lo que no es justificable razonablemente prolongar aun mas el ejercicio del poder coercitivo delegado al Estado, sin atentar contra la garantía a la seguridad jurídica y al debido proceso, plasmado en la Constitución Política del Estado, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 8.1), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 14.3) leyes que conminan y exigen, que el ius puniendi ejercido por el Estado, sea ejercido bajo el principio de razonabilidad, limitándolo además en el tiempo