Auto Supremo AS/0533/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2009

Fecha: 24-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, la propia Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, de 14 de septiembre de 2004, determina


CONSIDERANDO: Que, la propia Sentencia Constitucional Nº 0101/2004, de 14 de septiembre de 2004, determina que el órgano jurisdiccional debe analizar objetivamente y verificar, los motivos que dieron lugar a la dilación del proceso, señalando además que la extinción de la acción penal sólo puede darse conforme a la constitución, cuando se constata que la no conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970, es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida de los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado o procesado