Auto Supremo AS/0536/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0536/2009

Fecha: 24-Oct-2009

POR TAMTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TAMTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en el proceso seguido por el Ministerio Público contra Freddy Berrios Pita por los delitos de asesinato, parricidio y lesión seguida de muerte, previstos y sancionados por los artículos 252, 253 y 273, respectivamente, del Código Penal, y dispone la prosecución de la causa hasta su conclusión