Estando aclarada tal circunstancia se advierte en consecuencia que el auto de vista recurrido en
Estando aclarada tal circunstancia se advierte en consecuencia que el auto de vista recurrido en este aspecto se encuentra a derecho porque se aplicó correctamente la disposición legal contenida en el art. 37 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición que previene: "La renta de viudedad en curso de pago, cesará a la muerte de la viuda o cuando ésta contraiga nuevas nupcias o entrara en concubinato (...)"; razonamiento que se encuentra comprendido en la Resolución Administrativa emitida por la Comisión de Reclamación Nº 290.07 de 14 de febrero de 2007 (fs. 121-119) que resuelve confirmar la Resolución Nº 006545 de 15 de agosto de 2006 que fuera pronunciada por la Comisión de Calificación de Rentas
- AUTO SUPREMO Nº 259 - Reclamación Sucre, 9 de noviembre de 2009
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación deducida por María Sara Baptista De La Fuente Vda
- Este fallo motivó que la reclamante interponga el recurso de casación de fs
- Por su parte el Servicio Nacional del Sistema de Reparto a través de su representante
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los recursos, corresponde su análisis y consideración en base a los
- Asimismo es preciso dejar establecido que la referida ejecutorial también demuestra que la causa de
- Estando aclarada tal circunstancia se advierte en consecuencia que el auto de vista recurrido en
- 2
- Por lo relacionado se concluye que se encuentra comprobado en autos el matrimonio de la
- En consecuencia corresponde resolver ambos recursos conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Para sorteo y resolución, según convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
