Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts
Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social, entendiendo que los fundamentos del fallo recurrido se ajustan a las previsiones de las citadas disposiciones constitucionales, disponiendo con acierto que la Comisión de Calificación de Rentas dependiente del SENASIR, realice nueva calificación, a objeto verificar con exactitud la densidad de cotizaciones realizadas a la fecha de corte por Silvestre Manzano Quispe, a efecto de garantizar su acceso a beneficios y derechos que la ley reconoce a su favor
- AUTO SUPREMO Nº 275 - Social - R. Pensiones Sucre, 24 de noviembre de 2009
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO: Que así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los
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- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
