- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Angélica Velascovda
- Que deducida la apelación por la procesada, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido del recurso de casación interpuesto por la recurrente,
- De igual forma, acusa que la sentencia de primera instancia ha sido dictada de manera
- Con estos argumentas, en amparo del art
- CONSIDERANDO: Que, el sistema de recursos contenido en el Código de Procedimiento Penal, faculta de
- Bajo estas premisas conforme prevé el art
- Por otro lado, el art
- Por su parte, el art
- CONSIDERANDO: Que, en la especie, el recurso de casación por los antecedentes doctrinales y jurisprudenciales
- Por cuya razón el recurso interpuesto por la recurrente no cumple con los requisitos establecidos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR: MINISTRO Dr. Ángel Irusta Pérez
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
