POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, con la participación del Ministro Ángel Irusta Pérez, de la Sala Penal Primera, en aplicación de lo previsto por el artículo 307 numeral 1) del Código de Procedimiento Penal de 1972, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 288 a 289, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fojas 281 a 283
- Partes: Ministerio Público c/ Alfredo Silva Vargas
- Violación
- VISTOS: : El recurso de casación interpuesto el 7 de enero de 2004 (fojas 281
- Que, contra esa resolución el imputado interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito la Sala
- CONSIDERANDO: Que al amparo de lo previsto por los artículos 296, 298 y 299 del
- CONSIDERANDO: Que el memorial de fojas 281 a 283, por el cual se interpuso el
- Que, de lo expuesto, se evidencia que el abogado Juan Alberto Delgadillo A
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
