POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 59-1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando el segundo caso del parágrafo dos del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto a fojas 249 a 251 de obrados
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 249 a 251 interpuesto por Walter Vaca Vaca,
- CONSIDERANDO: que a fojas 164 a 188 cursa la resolución pronunciada por el Tribunal de
- Que impugnando la sentencia recurrió de apelación restringida el querellante Walter Vaca Vaca a fojas
- Que ante ese recurso de apelación restringida, la Sala Penal Primera de la Corte Superior
- Que contra ese Auto de Vista recurrió de casación el acusador particular Walter Vaca Vaca,
- CONSIDERANDO: que del respectivo análisis se concluye que no existe contradicción en los términos del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
