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    Auto Supremo AS/0053/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0053/2009

    Fecha: 28-Feb-2009

    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a


    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a lo establecido en el inciso 1) del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial, tercer párrafo del artículo 417 y primer párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuesto por Laercio Parada Ortíz y Carmelo Negrete Parada, por no cumplir con los requisitos exigidos por ley
    • VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Laercio Parada Ortíz (fojas 105 vuelta) y Carmelo
    • CONSIDERANDO: que concluido el juicio oral, público y contradictorio el Tribunal Primero de Sentencia de
    • Finalizó pidiendo se anule el proceso por falta de notificación al defensor de oficio
    • b) Carmelo Negrete Parada (fojas 110 vuelta), con los mismos fundamentos del recurso de casación
    • Concluyó pidiendo que se anule el juicio oral por la falta de notificación al abogado
    • CONSIDERANDO: que del análisis de los datos que informan el proceso, se establece las siguientes
    • Que los impetrantes no dieron cumplimiento a las previsiones contenidas en los párrafos tercero de
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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