POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, en desacuerdo con el requerimiento fiscal y aplicando la regla contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL correspondiente al proceso seguido contra Tula Ayda Sarmiento Feleris a denuncia de María Clara Meruvia Balderrama, con imputación por la comisión del delito de estafa, debiendo en consecuencia cancelarse todas las medidas impuestas contra la procesada y archivarse obrados
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal formulada por la procesada Tula Ayda
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración
- La Sentencia Constitucional número 1365/05 de 31 de octubre de 2005, estableció que para la
- Del análisis de los antecedentes del caso, se establece que elaboradas las diligencias de policía
- Que en la tramitación de la presente causa no se observaron los plazos procesales, prolongándose
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
