Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos y a la Embajada
Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos y a la Embajada del país requirente para fines consiguientes, debiendo tenerse presente que el presente pedido versa sobre la extradición, no siendo por ello necesaria la previsión contenida en el artículo VI tercer párrafo del Tratado de Extradición suscrito entre Brasil y Bolivia
- PARTES: Solicitada por la Honorable Embajada de la República Federativa del Brasil del ciudadano: José
- CONSIDERANDO: Que mediante nota GM DGAJ-UGJ N° 2171/2008 cursante a fojas 18, el Viceministro de
- La solicitud refiere que dicha petición fue formulada por el Juez de la 3a Vara
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el artículo V del Tratado de Extradición
- Que dicha norma añade como requisito para la procedencia del pedido de extradición la indicación
- Que en autos, para la procedencia de la solicitud, el país requirente adjunta la documentación
- Que en cumplimiento de los requisitos legales exigidos por el Tratado de Extradición suscrito entre
- Que conforme a los datos que informa la solicitud de extradición, el país requirente ha
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Cumplida como sea la comisión, la autoridad judicial que la haya ejecutado, deberá informar a
- Asimismo, a los efectos del debido proceso se deberá notificar al detenido con una copia
- Finalmente, para establecer la existencia de los antecedentes a los que se refiere el artículo
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos y a la Embajada
- Providenciándose el actuado de fojas 54, se dispone: Por secretaría de Cámara de Sala Plena,
- No interviene el Ministro Jaime Ampuero García, ni la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez; ni el
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
