Que la decisión de los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte
Que la decisión de los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, motivó la remisión del expediente ante la Sala Civil Primera de dicha Corte, emitiendo su Presidenta, Dra. Virginia Rocabado Ayaviri, el auto de 4 de septiembre de 2008 (fojas 36), en el que se dispone se eleve en consulta ante este Tribunal el allanamiento a la recusación de los Señores Vocales de la Sala Social, fundamentando la consulta en sentido de que, si bien el ordenamiento jurídico procesal no prevé la consulta del allanamiento a la recusación de les autoridades jurisdiccionales, tampoco la prohíbe expresamente y que la consulta se hace necesaria para que la Sala Civil Primera tenga mayor claridad sobre la continuidad y conocer el asunto -textual-, toda vez que la recusación fue promovida sobre aspectos que ya fueron definidos por el Tribunal Constitucional mediante Sentencia Constitucional N° 0036/2007 que declaró la constitucionalidad del artículo 36 del Reglamento Interno del Lloyd Aéreo Boliviano
- PARTES: Presentada por la Vocal de Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito
- FECHA: 24 de marzo de 2009
- CONSIDERANDO: Que los Vocales Rosario Rioja de Estremadoiro y Oscar Freyre Arce, mediante auto de
- Que la decisión de los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte
- CONSIDERANDO: Que a fin de resolver la consulta en análisis, se deben tener en cuenta
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- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
